Validez de la Prueba de ADN

Visto el memorial de defensa depositado en la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia el 19 de enero de 2007, suscrito por los Dres. Fabián Cabrera Febrillé, J. Lora Castillo y el Lic. Huáscar Alexis Ventura, abogados de la parte recurrida, Maira Julia García de Jorge;

LA CORTE, en audiencia pública del 16 de abril del 2008, estando presente los jueces Rafael Luciano Pichardo, Presidente; Eglys Margarita Esmurdoc Castellanos y José E. Hernández Machado, asistidos de la Secretaria de la Cámara, después de haber deliberado los jueces signatarios de este fallo;

Vista la Ley No. 25 de 1991, modificada por la Ley No. 156 de 1997;

Visto el auto dictado el 3 de agosto de 2009, por el magistrado Rafael Luciano Pichardo, Presidente de la Cámara Civil de la Suprema Corte de Justicia, por medio del cual llama a las magistradas Margarita A. Tavares y Ana Rosa Bergés Dreyfous, para integrar la misma en la deliberación y fallo del recurso de casación de que se trata, de conformidad con la Ley núm. 926 de 1935;

La Cámara Civil de la Suprema Corte de Justicia, después de haber deliberado y visto los textos legales invocados por los recurrentes y los artículos 1 y 65 de la Ley sobre Procedimiento de Casación;

Considerando, que en la sentencia impugnada y en los documentos a los que ella se refiere consta lo siguiente: a) que con motivo de una demanda en declaratoria de paternidad, interpuesta por Maira Julia García de Jorge, contra Wadi Dumit, Yamil Dumit y Michel Dumit, la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó el 31 de marzo de 2006 una sentencia cuyo dispositivo es el siguiente: “Primero:

Rechaza por improcedente, mal fundado y desprovisto de base jurídica el medio de inadmisión fundado en la falta de calidad y en la prescripción, invocado por los señores Michel Dumit, Yamil Dumit y Wadi Dumit, contra Maira Julia García, respecto a la demanda en declaración judicial de paternidad del (sic) difunto Mansur Dumit;

Segundo: Deja sin efecto por falta de interés actual, las pretensiones de comparecencia personal e informativo invocado por Maira Julia García, respecto al proceso de demanda en reconocimiento judicial de paternidad en contra de Michel Dumit, Yamil Dumit y Wadi Dumit;

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